1) Los Bonos de "turno" y "antigüedad" pactados en los convenios colectivos vigentes en la Empresa Virutex Ilko S.A., deben ser considerados en la base de cálculo de las horas extraordinarias; asimismo, deben ser considerados para los efectos de calcular el beneficio de la semana corrida.
2) Atendido el carácter variable y accesorio que presenta el "incentivo de producción" que otorga la empresa a sus trabajadores, no procede su inclusión en la base de cálculo de las horas extraordinarias ni tampoco procede su inclusión en el beneficio de la semana corrida.