dictamen 1402/49, 06.03.1992
Dictamen destacado
ORD.: Nº4360/238
Materias únicas: base de cálculo - colación - derecho a alimentación - derecho a alimentar - indemnización legal por años de servicio - movilización - procedencia - protección a la maternidad
Fecha: 24-jul-1997
1) Las asignaciones de movilización y colación, no constituyen remuneración y, por ende, no procede incluirlas dentro del concepto de última remuneración mensual a que se refiere el artículo 172 del Código del Trabajo. 2) El tiempo otorgado por el artículo 206 del Código del Trabajo a la madre trabajadora para dar alimento a su hijo rige sólo cuando éste se encuentra en sala cuna y no cuando permanece en su hogar o en otro sitio, sin perjuicio de lo que las partes convengan o hayan convenido expresa o tácitamente sobre el particular.
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Dictámenes
Fecha: 24/07/1997
Indemnización legal por años de servicio; Base de cálculo; Colación; Movilización; Protección a la maternidad; Derecho a alimentación; Procedencia;