Atendida las modificaciones introducidas por la Ley N°20.845 que elimina el financiamiento compartido, se estima que ha operado una causa legal que exime a la parte empleadora de continuar pagando a los trabajadores el denominado bono voluntario, lo anterior, sin perjuicio de la facultad de las partes para acordar la continuidad del pago del beneficio con cargo a la subvención general o bien al aporte de gratuidad.