dictamen 8393/292, 23.12.1991
Dictamen destacado
ORD. Nº75/8
Materias únicas: base de cálculo - indemnización legal por años de servicio - remuneración variable
Fecha: 05-ene-1999
Por la expresión tres últimos meses calendario a que alude la ley para los efectos del cálculo de la indemnización por término de contrato de los dependientes afectos a remuneraciones variables, debe entenderse los tres meses con denominación específica en que se hubiere percibido remuneración completa y que anteceden al de la conclusión de la relación laboral, de suerte que si en alguno de ellos el dependiente no hubiere generado remuneración por haber hecho uso de permiso éste deberá excluirse y considerarse sólo aquellos tres que precedan inmediatamente al mes en que se hizo efectivo el referido beneficio.
Documentos relacionados dictamen 8393/292, 23.12.1991 (1)
Dictámenes
Fecha: 02/05/1996
Indemnización convencional por años de servicio; Legalidad de cláusula;