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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD.: Nº136/7

Materias únicas: banco central - comité paritario - comites paritarios de higiene y seguridad - procedencia - reglamento interno
Fecha: 08-ene-1996

1) El Banco Central de Chile se encuentra obligado a confeccionar un reglamento interno de Higiene y Seguridad y a constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad de conformidad a la ley 16.744 y al D.S. Nº 40, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 2) El Banco Central de Chile no se encuentra obligado a confeccionar un reglamento interno en los términos previstos en los artículos 153 y siguientes del Código del Trabajo. 3) Reconsidera doctrina contenida en Ord. 1236, de 07.06.82.