dictamen 6063/138, 15.12.2017
Dictamen destacado
ORD. N°1162
Materias únicas: Estatuto Docente
Fecha: 01-abr-2019
1. Al término de vigencia del instrumento colectivo que rige a las partes el empleador deberá continuar otorgando los beneficios contenidos en el mismo, como parte de los contratos individuales, con excepción de los expresamente señalados en el artículo 325. 2. Esta Dirección se encuentra impedida de emitir un pronunciamiento referido a la exclusión de beneficios que el empleador indica no cumplen con la condición de estas destinado a fines educativos, por cuanto dicha atribución corresponde a la Dirección Regional de la respectiva Superintendencia de Educación.
Documentos relacionados dictamen 6063/138, 15.12.2017 (2)
Ordinarios
Fecha: 05/10/2018
Gratificación; Establecimiento educacional sin fines de lucro; Traspaso de la calidad de sostenedora; Continuidad laboral;
Ordinarios
Fecha: 11/06/2018
Sala cuna; Bono compensatorio; Caso genérico; Corporación municipal; Cambio de naturaleza jurídica; Asignación de recursos; Fiscalización; Superintendencia de Educación;