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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD. N°2591/22

Materias únicas: Negociación Colectiva
Fecha: 21-sep-2020

1) El trabajador que se desafilia de la organización sindical, estando afecto al instrumento colectivo negociado por aquella, deberá pagar el 75% o el 100% de la cuota sindical, según la oportunidad en que se haya producido la desafiliación. 2) Niega lugar a la reconsideración del dictamen N°2825/78 de 22.06.2017.

Documentos relacionados ordinario 1166, 02.03.2018 (1)

Ordinarios

ORD. N°1166

Fecha: 02/03/2018

Ley N°20.940; Desafiliación; Cuota sindical; Monto a pagar; Instrumento suscrito con anterioridad a la ley 20.940;