dictamen 4919/115, 23.10.2017
Dictamen destacado
ORD. N°161
Materias únicas: Empresa
Fecha: 07-mar-2024
Por tal razón, si opera algún cambio en la empresa, no se requiere que las partes deban suscribir un nuevo contrato de trabajo o modificar los ya existentes, lo que no obsta a que las partes acuerden actualizar los contratos individuales, dejándose constancia en ellos del cambio de empleador y se consigne la antigüedad de los dependientes, sin que sea necesario agregar o modificar ninguna otra estipulación.
Documentos relacionados dictamen 4919/115, 23.10.2017 (4)
Ordinarios
Fecha: 14/09/2023
Principio de continuidad laboral; Modificaciones totales o parciales, Alteración Dominio, posesión o mera tenencia;
Ordinarios
Fecha: 22/09/2022
Vínculo subordinación y dependencia; Ley especial; Concepto de empleador;
Ordinarios
Fecha: 03/10/2018
Principio de continuidad laboral; Cambio de dominio; Reorganización empresarial; Efectos sobre la afiliación sindical;
Dictámenes
Fecha: 23/10/2017
Contrato de trabajo; Principio de continuidad laboral; Calificación del despido; Competencia Tribunales de Justicia; Represalia por actividad sindical; Procedimiento de tutela laboral;