dictamen 4584/111, 03.10.2017
Dictamen destacado
ORD. N°744
Materias únicas: Negociación Colectiva
Fecha: 22-may-2023
La presentación que la empresa Corporación Educacional María Deogracia efectúo ante este Servicio informado que procedería a declarar el lapso que indica, como período no apto para negociar, sin efectuar posteriormente la comunicación del mismo a sus trabajadores, no generó el efecto de impedir el inicio de la negociación colectiva establecido en el inciso 2° del artículo 332 del Código del Trabajo.
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