ordinario 4642, 12.09.2016
Dictamen destacado
ORD. N°4154/107
Materias únicas: Trabajadores del comercio
Fecha: 06-sep-2017
1.- No resultan procedentes los beneficios establecidos en la Ley Nº20.823 respecto de los trabajadores que prestan servicios en calidad de panaderos, en panaderías distintas a las ubicadas al interior de supermercados. 2. Se reconsidera el dictamen N°2354/110 de 18.04.1994 en lo pertinente.
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Dictámenes
Fecha: 06/09/2017
Trabajadores del comercio; Aplicación de los beneficios de la ley N°20.823 a los panaderos; Continuidad de los servicios; Reconsidera dictamen N°2354/110, de 18.04.1994;