codigo del trabajo, articulo 391
Texto
Art. 391. Será competente para conocer de las L. 19.069 cuestiones a que dé origen la aplicación de este Libro el Art. 167 Juzgado de Letras del Trabajo del lugar en que se encuentre la empresa, predio o establecimiento sujetos al procedimiento de negociación colectiva, sin perjuicio de las excepciones legales que entreguen el conocimiento de estos asuntos a otros tribunales.
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Dictámenes
Fecha: 31/03/2017
Ley N°20.940; Moderniza el sistema de relaciones laborales; Mediación y arbitraje,