ordinario 2714, 16.06.2017
Dictamen destacado
ORD. N°3454
Materias únicas: competencia dirección del trabajo
Fecha: 28-jul-2017
1. Este Servicio carece de competencia para pronunciarse sobre el contenido de normas administrativas provenientes de la Potestad Reglamentaria que posee el Ejecutivo, tal como ocurre con las Circulares emanadas de los Ministerios. 2. Son los Tribunales de Justicia quienes poseen la competencia exclusiva y excluyente para resolver las materias relativas a prácticas antisindicales o desleales, por lo que no compete a este Servicio efectuar una calificación al respecto.
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Ordinarios
Fecha: 28/07/2017
Dirección del Trabajo; Competencia; Potestad reglamentaria; Legalidad circular Ministerio de Hacienda;