ordinario 990, 15.02.2016
Dictamen destacado
ORD. N°6068
Materias únicas: Trabajadores del comercio
Fecha: 23-dic-2016
1) Atiende presentación que indica, relativa a la jurisprudencia uniforme de la Dirección del Trabajo, sobre la ley N°20.823, que ha señalado expresamente que no resulta jurídicamente procedente que el empleador modifique el sistema de turnos que se venía utilizando con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº20.823, sin que previamente cuente con el acuerdo de los trabajadores, en orden a que éstos accedan a modificar dicha cláusula esencial del contrato de trabajo. 2) Para efectos de determinar si respecto a los trabajadores por los que se consulta ha operado una modificación unilateral de contrato de trabajo o se esta en presencia de una regla de interpretación contractual, en los términos establecidos en la mencionada doctrina institucional, al tenor de la comisión N°1322.2016.3361, de 18.08.2016, el Departamento de Inspección deberá pronunciarse si aquella se ajustó al procedimiento de fiscalización vigente, debiendo informar directamente al recurrente.
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Ordinarios
Fecha: 09/05/2016
Trabajadores del comercio; Aplicación de los beneficios de la ley Nº 20.823 respecto de los trabajadores de hoteles;
Ordinarios
Fecha: 15/02/2016
Trabajadores del comercio; Incremento remuneracional; Base de cálculo para trabajadores con jornada parcial; Siete días domingo de descanso anual adicional; Duración y distribución de la jornada de trabajo;