Para los efectos de determinar el cumplimiento del cuórum de constitución exigido por la ley 19.296, tratándose de una asociación conformada por funcionarios municipales que se desempeñan en el nivel central del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM), debe considerarse exclusivamente el universo de trabajadores no docentes que prestan servicios en dicho Departamento, entre los que se encuentran aquellos por los que se consulta, que ejecutan allí labores administrativas.