ordinario 3642, 12.09.2011
Dictamen destacado
ORD. N°6723/85
Materias únicas: estatuto de salud
Fecha: 22-dic-2015
Para que un funcionario de la atención primaria de salud municipal tenga derecho a percibir la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo contemplada por la ley N°19.813, debe cumplir con los requisitos que copulativamente exige la normativa, en los términos expuestos en el presente dictamen. Reconsidérese cualquier doctrina contraria a la antes expuesta.
Documentos relacionados ordinario 3642, 12.09.2011 (1)
Dictámenes
Fecha: 22/12/2015
Estatuto de Salud; Asignación de desarrollo y estímulo al desempeño de la ley Nº19.813; Pago; Requisitos;