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Dictámenes y Normativa

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Ejemplo: 4919/115
Período

Artículo 35 TER

Texto

     Artículo 35 ter.- En cada año calendario que los
días 18 y 19 de septiembre sean días martes y miércoles,
respectivamente, o
miércoles y jueves, respectivamente, será feriado el día
lunes 17 o el día viernes 20 de dicho mes, según el caso.