1) Los Sindicatos de Trabajadores números 1 y 2 de ex Pesquera Indo S.A. sólo pueden presentar proyectos de contrato colectivo al vencimiento del plazo de dos años de celebrado el último contrato colectivo suscrito por los Sindicatos de Trabajadores números 1) y 2) de Pesquera Eperva S.A., esto es, al 31 de diciembre del presente año y, en todo caso, con la antelación indicada en el inciso 1º del artículo 322 del Código del Trabajo.
2) Los Sindicatos de Trabajadores números 1) y 2) constituídos en ex Pesquera Indo S.A. pueden negociar colectivamente en conjunto con las organizaciones sindicales existentes en Pesquera Eperva S.A.