Las Corporaciones Municipales no se encuentran obligadas a continuar pagando a los asistentes de la educación de los establecimientos educacionales dependientes de las Corporaciones Municipales, beneficiarios de los bonos por evaluación de desempeño previstos en los artículos 3º de la Ley Nº20.244 y 28 de la Ley Nº20.486, el Bono adicional de $48.000, establecido en el referido artículo 3º de la Ley Nº20.244, atendido que éste último se estableció como obligatorio sólo para los años 2008 y 2009.