No existen modificaciones introducidas al procedimiento de constitución de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, ante las Inspecciones del Trabajo respectivas, por lo que dichas oficinas continúan con la recepción de la designación de representantes del empleador y actas de elección de los representantes de los trabajadores, trámites previstos legalmente tanto para la constitución de dichos Comités, como para la renovación de los mismos.