1) Determina el sentido y alcance de la expresión "persona" que utiliza el artículo 44 de la Ley 19.378.
2) Para los efectos del pago de la asignación de mérito los directores de Centros de Salud deben ser incorporados en la categoría que corresponda según los artículos 5º de la Ley 19.378 y 8º del Decreto Reglamentario Nº 1.889 de 1995.
3) El Secretario General de una Corporación Municipal puede ser considerado jefe superior de ésta si cumple los requisitos expuestos en el presente informe.