personal de hoteles camareras
Dictamen destacado
ORD.: Nº3458/185
Materias únicas: camareras - duración - jornada de trabajo - personal de hoteles - personal de hoteles camareras
Fecha: 02-jun-1995
Las trabajadoras que se desempeñan como camareras del Hotel San Martín de la ciudad de Iquique, no están afectas a la jornada prevista en el artículo 27 del Código del Trabajo encontrándose regidas en esta materia por el precepto contenido en el inciso 1º del artículo 22 de dicho cuerpo legal.
Documentos relacionados personal de hoteles camareras (1)
Dictámenes
Fecha: 02/06/1995
Jornada de trabajo; Duración; Personal de hoteles; Camareras;