1) A los funcionarios de la salud acogidos a licencia médica, les asiste el derecho a percibir, si concurren los requisitos para ello, la asignación por desempeño en condiciones difíciles. 2) Con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 19.378, sólo es posible materializar el ingreso a la carrera funcionaria mediante contrato indefinido, previo concurso público de antecedentes, exigencia esta última que se entiende cumplida si el contrato indefinido fue pactado con anterioridad a la entrada en vigencia de la citada ley.