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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD.: Nº 3617/101

Materias únicas: cómputo - computo tiempo trabajado en el extranjero - feriado progresivo - tiempo trabajado en el extranjero
Fecha: 22-ago-2005

Resulta procedente computar para efectos de lo dispuesto en el artículo 68 del Código del Trabajo, sobre feriado progresivo, tiempo laborado en un país extranjero, como Alemania. Reconsidera dictámenes Ords. Nºs. 1465/84, de 03.04.1998; 7106/334, de 01.12.1994 y cualquiera otro con doctrina incompatible a la del presente oficio.