La doctrina contenida en el dictamen Nº 6.132-408, de 14.12.98, es de aplicación general a las diversas situaciones de inactividad laboral que puedan presentarse, siempre que éstas sean inimputables a los trabajadores que laboran a bordo de naves pesqueras.
Reconsidera las instrucciones cursadas por la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso durante la tramitación del reclamo 05.01. Nº 99-1356, de 08.07.99.