convenio de pago ley 19.720
Dictamen destacado
ORD. Nº1888/86
Materias únicas: convenio de pago - convenio de pago ley 19.720 - cotizaciones previsionales - ley 19.720 - terminación de contrato individual
Fecha: 23-may-2001
La celebración de un convenio de pago de cotizaciones previsionales conforme a la ley 19.720, no exime al empleador de la aplicación de la normativa prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo, modificado por la ley 19.631, de 1999.
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Dictámenes
Fecha: 23/05/2001
Terminación Contrato Individual; Cotizaciones Previsionales; Convenio de Pago; Ley Nº19.720;