Los estatutos del Sindicato de Dueños de Taxis Colectivos Metro Las Rejas-Villa Errázuriz no contemplaban el requisito de incorporación consistente en depósito de 120 UF a la fecha en que doña Ingrid Soriano Quililongo solicitó su afiliación, y, por ende, no procedía rechazarla en virtud de no haber efectuado el referido depósito. No obstante, la Dirección del Trabajo carece de facultades para pronunciarse acerca de la legalidad de un acuerdo adoptado por la asamblea de una organización sindical.