servicios higiénicos
Dictamen destacado
ORD. Nº266/9
Materias únicas: normas de higiene y seguridad - servicios higiénicos
Fecha: 17-ene-2007
Debe exigirse la aplicación del artículo 25 del Decreto Supremo N°594, del año 1999, a la empresa Transuniversal Estibas S.A., de Punta Arenas, encargada de la venta de tarjetas de estacionamiento, pues sus trabajadores deben contar con servicios higiénicos dignos, salubres y expeditos a no más de 75 metros de su área de trabajo.
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Trabajadores agrícolas de temporada; Servicios higiénicos;