elección del establecimiento
Dictamen destacado
ORD. N°3843
Materias únicas: elección del establecimiento - sala cuna
Fecha: 30-jul-2015
En el evento que el empleador haya optado por cumplir su obligación pagando los gastos de sala cuna directamente al establecimiento al que la trabajadora lleve a sus hijos menores de dos años, la elección de dicho establecimiento corresponderá al empleador, debiendo optar por aquellos que cuenten con la autorización de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, sin perjuicio del acuerdo al que puedan llegar las partes.
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Fecha: 22/06/2015
Sala cuna; Elección del establecimiento; Pago íntegro; Restitución de sumas pagadas por la trabajadora;