acuerdo especial
Dictamen destacado
ORD. Nº407/6
Materias únicas: acuerdo especial - descanso compensatorio - formalidades - remuneración día que excede de uno
Fecha: 29-ene-2014
El acuerdo previsto en el inciso 5º del artículo 38 del Código del Trabajo, conforme al cual las partes pueden convenir una especial forma de distribución o remuneración de los días de descanso compensatorio que excedan de uno semanal, debe constar por escrito.
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Fecha: 29/01/2014
Descanso compensatorio; Acuerdo especial forma distribución o remuneración día que excede de uno; Formalidades;