acoso laboral
Dictamen destacado
ORD.N°196/17
Materias únicas: Medidas de resguardo - Ley Nº21.643 - violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral - acoso laboral - acoso sexual
Fecha: 06-mar-2026
1. Las medidas de resguardo implementadas dentro de un procedimiento de investigación por denuncia de acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo ejercida por terceros, no pueden ser gravosas o perjudiciales para la persona denunciante, ni producir algún tipo de menoscabo. 2. La modificación del puesto de trabajo de la persona denunciante en aplicación de una medida de resguardo, no puede mermar su situación económica, por lo tanto, el empleador debe garantizar que, a lo menos, la persona mantenga la remuneración que tenía en su puesto de trabajo original, lo que incluye la remuneración variable, debiendo pagar la diferencia si fuese necesario.
Documentos relacionados acoso laboral (4)
Ordinarios
Fecha: 10/03/2021
Derechos Fundamentales, Acoso sexual, Acoso Laboral, Investigación del empleador, Reglamento Interno, Facultades y obligaciones del empleador.
Ordinarios
Fecha: 08/02/2016
Subcontratación; Acoso sexual; Facultades de la empresa principal y contratista;
Dictámenes
Fecha: 06/03/2026
Medidas de resguardo; Ley Nº21.643; acoso sexual; acoso laboral; violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral;
Dictámenes
Fecha: 24/02/2026
Acoso sexual; acoso laboral; violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral; Ley Nº21.643; Ley Karin;