A los profesionales de la educación de los establecimientos educacionales dependientes de la Corporación Municipal de San Miguel, que presentaron su renuncia voluntaria al cargo a contar de marzo de 2011, para acogerse a la bonificación por retiro prevista en el artículo 9º transitorio de la Ley Nº20.501, les asiste el derecho a la prórroga de sus contratos de trabajo por los meses de enero y febrero de 2012, sólo en el evento que la totalidad de la referida bonificación les hubiere sido pagada en el transcurso del mes de diciembre de 2011, cumpliéndose, además, con el requisito de antigüedad exigido en el artículo 41 bis de la Ley Nº 19.070.