dictamen 3000/59 de 26.07.2011
Dictamen destacado
ORD. N°751
Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo
Fecha: 22-may-2023
1) Los asuntos controvertidos entre las partes de un contrato de trabajo, luego de extinguida la relación laboral, deben ser conocidos y resueltos por el Juez del Trabajo respectivo. 2) A los trabajadores de los jardines infantiles y salas de cunas contratados vía transferencia de fondo de la Junta Nacional de Jardines Infantiles no les asiste el derecho a percibir el bono por término de conflicto establecido en la ley que otorgó reajuste de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público y concedió aguinaldos y otros beneficios, como tampoco el bono escolar y el aguinaldo de navidad previstos en el mismo cuerpo legal, por no tener la calidad de trabajadores de sectores de la Administración del Estado traspasados a las Municipalidades.
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Dictámenes
Fecha: 26/07/2011
Ley Nº20.486. Bono artículo 32. Corporaciones Municipales. Trabajadores jardines infantiles y salas cunas contratados por recursos Junji.Ley Nº20.486. Aguinaldo Navidad artículo 13. Corporaciones Municipales. Trabajadores jardines infantiles y salas cunas contratados por recursos Junji.Ley Nº20.486. Bono escolaridad artículo 2. Corporaciones Municipales. Trabajadores jardines infantiles y salas cunas contratados por recursos Junji.