Siendo la evaluación docente un proceso obligatorio para los profesionales de la educación de los establecimientos educacionales dependientes de las Corporaciones Municipales, las partes se encuentran obligadas a pactar en el respectivo contrato de trabajo, como curriculares no lectivas, las horas destinadas a la elaboración del portafolio, sea de manera expresa o tácita, estimándose que una cantidad de 10 horas no lectivas resulta más que suficiente para cumplir dicha labor, lo que distribuido en doce semanas, implica una hora lectiva a la semana