1)Tienen derecho a percibir el aguinaldo de navidad y el bono especial previsto en el artículo 25 de ley N°20.313, los profesionales de la educación contratados el 01.12.2008, en establecimientos particulares subvencionados.
2) El monto del aguinaldo de navidad de los profesionales antes referidos se calcula sobre la remuneración líquida determinada sobre la base de la pactada en el respectivo contrato de trabajo.