dictamen 803/18 de 27.02.2009
Dictamen destacado
ORD. Nº803/18
Materias únicas: calificación de beneficios - estatuto de salud - remuneración
Fecha: 27-feb-2009
El Bono de Permanencia y el Bono por Jefatura de Programa, que perciben los funcionarios de salud primaria municipal dependientes de la Corporación Municipal de Conchalí, tienen el carácter de remuneración bruta permanente para los efectos del pago del bono especial que contempla el artículo 25 de la ley 20.313.
Documentos relacionados dictamen 803/18 de 27.02.2009 (1)
Dictámenes
Fecha: 27/02/2009
Estatuto de Salud. Remuneración. Calificación de beneficios.