El sostenedor del establecimiento educacional "Colegio Polivalente Camilo Henríquez", calificado como de excelente desempeño a contar del 2008, no se encuentra obligado a pagar la bonificación de excelencia, prevista en la Ley Nº19.410, a docentes cuya relación laboral terminó el 29 de febrero de 2008.