Al profesional de la educación titulado que desempeña funciones de inspectoría de patio en un establecimiento educacional particular subvencionado conforme al D.F.L. Nº2, de 1998, no le asiste el derecho a percibir la Bonificación de Reconocimiento Profesional, prevista en el artículo 1º y siguientes de la Ley Nº20.158, complementaria del Estatuto Docente, por no estar regido por los referidos cuerpos legales.