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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD. Nº4408/86

Materias únicas: efectos - feriado colectivo - permisos
Fecha: 06-oct-2006

Los dependientes que a la época que el conjunto del personal de ese Instituto gozada de feriado colectivo, no pudieron hacer uso de éste por encontrarse con permiso con o sin goce de remuneraciones, tienen derecho a hacer uso de su feriado legal anual pendiente conforme a las reglas generales que prescribe el Código del Trabajo.