Toda entidad administradora de salud pri maria municipal, está obligada a realizar en un proceso evaluatorio especial, la calificación del personal que no fue evaluado en períodos anteriores, para determinar los funcionarios cuya evaluación positiva los haga acreedores de la asignación anual de mérito, en los términos exigidos por el artículo 30 bis de la ley 19.378.