La destinación de la docente doña Antiza Acosta Petricic, que eventualmente pudiera disponer la Corporación Municipal de Lo Prado, sólo puede operar a solicitud de la misma docente o como consecuencia de ajustes en la dotación docente, siempre que dicha medida no produzca menoscabo en su situación laboral y profesional, no pudiendo significar, en todo caso, una modificación en la distribución de su jornada de trabajo convencionalmente pactada y desempeñada en el establecimiento educacional de origen.