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ORD. Nº6206/276

Materias únicas: cocinero - descanso mínimo - funciones - naves pesqueras
Fecha: 05-oct-1995

Los tripulantes cocineros de los barcos pesqueros, en conformidad a la legislación laboral actualmente vigente, no tienen la obligación de ocupar tiempo de su descanso para efectuar las compras de víveres para la nave.

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Dictámenes

ORD. Nº6206/276

Fecha: 05/10/1995

Naves pesqueras; Cocinero Funciones; Descanso mínimo; Naves pesqueras;