Para los efectos de calcular la remuneración de los días domingo y festivos y la indemnización por años de servicios convencional que perciben los socios del Sindicato Nº 1 Trabajadores Textil Pollak Hermanos S.A., debe considerarse la bonificación por trabajo nocturno y el bono de producción pactados en las cláusulas 15 y 25 del contrato colectivo vigente en la Empresa.