dictamen 6692/310 de 02.12.1996
Dictamen destacado
ORD.: Nº6692/310
Materias únicas: contrato individual - corporación municipal - estatuto docente - modificaciones
Fecha: 02-dic-1996
Las Corporaciones Municipales no se encuentran facultadas para modificar unilateralmente las funciones y el lugar de prestación de las mismas que, de acuerdo a su contrato, debe cumplir un profesional de la educación.
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Dictámenes
Fecha: 02/12/1996
Estatuto docente; Corporaciones Municipales; Contrato individual; Modificaciones;