El beneficio denominado porcentaje adicional de reajuste pactado en contrato colectivo de fecha 27.12.95, suscrito entre la empresa Gomas Industriales Hewitt y el Sindicato de Trabajadores, debe calcularse sobre la remuneración mensual de los trabajadores y no sobre los valores facturados por la empresa, dato válido sólo para la procedencia del beneficio.