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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD.: Nº4075/233

Materias únicas: instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 14-jul-1997

El reajuste establecido en la cláusula 1º del contrato colectivo celebrado entre la Empresa Fabrica de Puertas y Ventanas Juan Vial Grez y el Sindicato de Trabajadores de la misma, resulta exigible el 1º de abril de 1998 y el 1º de abril de 1999.