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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. Nº7879/393

Materias únicas: descuentos - remuneración - remuneraciones descuentos
Fecha: 26-dic-1997

El hecho de que un trabajador haya percibido por un lapso de tiempo subsidio por enfermedad, no autoriza al empleador para practicar de una vez descuentos acumulados de sus remuneraciones que excedan los límites establecidos en los artículos 57 y 58 del Código del Trabajo.