dictamen 7221/368 de 25.11.1997
Dictamen destacado
ORD.: Nº 649/46
Materias únicas: instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 04-feb-1998
Para los efectos de determinar el cumplimiento del requisito de cambio de domicilio a que se refiere el artículo décimo del contrato colectivo de la empresa, este se debe entender satisfecho cuando el trabajador cambie su residencia acompañada del ánimo de permanecer en ella, cuestión que deberá determinarse caso a caso de conformidad a las reglas establecidas en el cuerpo del presente dictamen.
Documentos relacionados dictamen 7221/368 de 25.11.1997 (1)
Dictámenes
Fecha: 25/11/1997
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación;