dictamen 1651/86 de 01.04.1997
Dictamen destacado
ORD.: Nº1651/86
Materias únicas: instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 01-abr-1997
Para cálculo del bono término de conflicto ofrecido en anexo al contrato colectivo de 19.11.96, de la Empresa Van de Wyngard y Cía. Ltda., se debe considerar multiplicada por tres sólo la producción de los trabajadores que se reintegraron a labores el día 19 de noviembre de 1996.
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Dictámenes
Fecha: 01/04/1997
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación;