Se deja sin efecto instrucciones Nº 96-547, de 22.07.96, del Fiscalizador Manuel Rojas Veas, impartidas a la empresa Compañía Minera Can Can S.A. por las cuales se ordena excluir del factor de accidentabilidad para cálculo del bono de producción pactado en contrato colectivo a los trabajadores no sindicalizados, por no ajustarse a derecho.