dictamen 5790/382 de 24.11.1998
Dictamen destacado
ORD. Nº5790/382
Materias únicas: facultad del empleador - facultades del empleador - organizaciones sindicales - organización sindical - permiso sindical
Fecha: 24-nov-1998
Resulta procedente que el empleador niegue las horas de permiso sindical queexceden del mínimo legal establecido en el artículo 249 del Código del Trabajo, a un director de un sindicato de empresa con más de 250 trabajadores, sin perjuicio de lo expuesto en el cuerpo del presente oficio.
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Dictámenes
Fecha: 24/11/1998
Organizaciones sindicales; Permiso sindical; Facultad del empleador;